Política Exterior Argentina: Eje Atlántico Sur

Por Paula Rojas

Existe la creencia popular de que el territorio argentino se extiende hasta los límites fueguinos, no existe apreciación más errada. La República Argentina es un país bicontinental, por ende, la extensión de su territorio abarca el continente americano y antártico. Es vital para el país incorporar en el imaginario nacional la auténtica extensión de nuestro territorio y revalorizar el eje Atlántico Sur, espacio que promete convertirse en un área de disputa internacional. Esto requiere la definición de una política de Estado que garantice continuidad, la Administración de Alberto Fernández, en su primer año de mandato presidencial, ha realizado importantes avances en este sentido, a continuación procuraré dar cuenta de esos avances que a mi criterio resultan prometedores.

Aclaraciones Preliminares

Con una superficie de 2.780.400,00 kilómetros cuadrados (excluyendo reclamaciones territoriales) nuestro país se ubica octavo en el ranking de los países con mayor extensión territorial, a su vez, el Informe Planeta Vivo de 2010 [1] nos situó noveno en el ranking de los países más ricos en recursos naturales. Estos no son datos menores, por el contrario, son datos que dan cuenta de las potencialidades de nuestro suelo.

Sin embargo, se vuelve un imperativo comprender de qué hablamos cuando nos remitimos a la extensión territorial de la República Argentina, como así también, definir los alcances de su soberanía. El país tiene veinticuatro jurisdicciones, una de ellas es la Provincia de Tierra de Fuego, jurisdicción de mayor prolongación que ocupa un amplio territorio insular, marítimo y antártico, cuyos límites comprende las islas Malvinas, Sandwich y Georgias del Sur y el Territorio Antártico Argentino. De hecho, el nombre completo de la jurisdicción es “Provincia de Tierra de Fuego, Antártica e Islas del Atlánticos Sur”. A su vez, el territorio argentino abarca tres tipos de espacios íntimamente vinculados: el terrestre, el marítimo y el aéreo. Sobre estos tres espacios la autoridad nacional ejerce sus poderes y competencias, es decir, se constituye como la máxima autoridad.

Precisiones conceptuales:

– El espacio terrestre es la superficie continental e insular que pertenece a nuestro país.

– El espacio marítimo de la Argentina corresponde al mar territorial. El Estado tiene soberanía plena en el mar territorial, el espacio aéreo por encima de éste, el lecho y el subsuelo de ese mar y los recursos que allí se encuentren.

– El espacio aéreo comprende el espacio suprayacente que se extiende sobre los espacios terrestre y marítimo.

No obstante Argentina tiene dos casos especiales de soberanía. El primero es el de la Antártida, ya que por tratarse de un área destinada a fines científicos y a la preservación del ambiente, no se reconoce en ella soberanía de ninguno de los Estados que la reclaman. Sin embargo, son numerosos y sólidos los fundamentos que el país esgrime para sustentar su solicitud, entre los que se destacan la contigüidad geográfica y continuidad geológica con el territorio argentino; la instalación y ocupación permanente de bases antárticas y el desarrollo de actividad científica por más de un siglo; entre otros. El segundo de los casos es el de las Islas Malvinas, en este caso el derecho soberano es indiscutible y es reconocido internacionalmente, pero Gran Bretaña se niega a entrar en negociaciones.

Primeros pasos hacia una política integral

Domingo 1 de marzo, Alberto Fernández, presidente recientemente electo daba inicio al período de sesiones ordinarias del Congreso de la Nación. En este acto público anunció una batería de proyectos a presentar en el Congreso, entre los que se destacan tres proyectos de ley tendientes a afianzar la soberanía territorial de la Argentina. En palabras del Presidente:

“(…) Nuestro hogar común tiene también una herida sangrando en lo más profundo de nuestro sentimiento soberano: la usurpación de Islas Malvinas, Georgias del Sur, y Sandwich del Sur. Enviaré tres proyectos de Ley para afianzar la soberanía territorial de la República Argentina:

En primer lugar, la creación del Consejo Nacional de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y Espacios Marítimos Correspondientes, que será plural y asegurará políticas de Estado a mediano y largo plazo. (…) En segundo término, enviaremos el proyecto de Ley sobre la Demarcación del Límite Exterior de la Plataforma Continental Argentina (…) Esta ley cristaliza el reconocimiento realizado por las Naciones Unidas en 2016 y 2017 al trabajo que nuestro país viene realizando hace más de dos décadas a través de la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental, como ejemplo de Política de Estado. Finalmente, propiciaremos la modificación del Régimen Federal Pesquero para endurecer las sanciones a los buques que pescan ilegalmente en los espacios marítimos bajo jurisdicción argentina o en aguas donde nuestro país tiene soberanía sobre recursos marinos, lo que incluye las Islas Malvinas. (…)” [2]

Estos fragmentos del discurso presidencial dieron la pauta de que el eje atlántico sur volvió a ser un tema prioritario en la política exterior de nuestro país. A continuación se detallan los proyectos de ley:

–  Ley 27.558. Consejo Nacional de Asuntos relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los Espacios Marítimos e Insulares correspondientes.[3]

Este proyecto adquirió fuerza de ley el pasado 4 de Agosto tras ser aprobado por unanimidad en ambas Cámaras.

La ley estipula que el Consejo será integrado por: a) el Presidente de la Nación; b) el Ministro de Relaciones Exteriores, c) el Secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores; d)el Gobernador de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; e) un diputado y un senador por cada una de las tres fuerzas con mayor representación parlamentaria; f) dos especialistas en derecho internacional; g) tres representantes del sector académico y científico;  y, h) un excombatiente de Malvinas.

Su principal objetivo será trazar y sostener políticas de Estado a mediano y largo plazo tendientes a efectivizar el ejercicio pleno de la soberanía argentina, de ahí la relevancia del carácter plural de su composición, procurando de esta manera sortear los avatares electorales.

La incorporación de autoridades representativas de la Provincia de Tierra de Fuego, académicos y representantes de los ex combatientes es un detalle a remarcar, ya que se trata de sectores cuyos aportes nunca tuvieron un canal institucional adecuado.

Entre las funciones atribuidas a dicho órgano también se le adjudican la promoción y el desarrollo de actividades de docencia e investigación que promuevan la concientización del pueblo argentino respecto a la justicia del reclamo de soberanía mantenido por el Estado argentino, como así también, la realización de actividades y acciones de difusión y divulgación de nuestros legítimos derechos en el ámbito regional y global.

– Ley 27.557. Espacios Marítimos [4]


Aprobada por unanimidad el pasado 4 de Agosto, esta ley implica una modificación de las disposiciones establecidas en la Ley N° 23.968, sancionada en Agosto de 1991 [5], en lo que atañe a la demarcación del límite exterior de la Plataforma Continental Argentina.

La Plataforma Continental de un Estado es la porción del lecho y subsuelo del mar que le pertenece a todo Estado con costas marítimas. Es decir, está constituida por el territorio marítimo sumergido que un Estado tiene frente a sus costas, ya se trate de su territorio continental o del territorio de sus islas.  Como tal, la plataforma no es un espacio marítimo sino un espacio submarino. Sobre este espacio el Estado ribereño posee soberanía plena.

En el marco de Naciones Unidas en 1982, los Estados signatarios dieron lugar a la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar [6] (CONVEMAR) que regula todos los aspectos del espacio oceánico, tales como delimitación, control ambiental, investigación científica marina, actividades económicas y comerciales, transferencia de tecnología y resolución de disputas.

Según las disposiciones de esta Convención, la Plataforma Continental de un Estado ribereño se extiende hasta una distancia de 200 millas marinas pero, excepcionalmente, puede ir más allá de esa distancia, dando lugar a lo que se conoce como “Plataforma Continental Extendida”. En dicha situación, los Estados deben demostrar que la prolongación natural de su territorio se extiende más allá de esa distancia dando lugar a una demarcación de la plataforma continental en base a otros criterios. A su vez, la Convención del Mar creó un organismo técnico para analizar la información científica y jurídica aportada por cada Estado, y estableció un plazo de 10 años para que los países presentarán la documentación correspondiente que avalara su solicitud.

La Argentina es uno de los países con plataforma continental extendida, en virtud de lo cual se dio lugar en 1997 a la conformación de la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA) con el objetivo de elaborar una propuesta definitiva para el establecimiento del límite exterior de la Plataforma Continental Argentina.

Tras años de un profundo y acabado trabajo técnico y científico, el 21 de abril de 2009, la República Argentina presentó el límite exterior de la plataforma continental argentina ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC), órgano técnico creado por la CONVEMAR. Finalmente, durante el 11 de marzo de 2016 y 17 de marzo de 2017, la Comisión aprobó las Recomendaciones sobre la presentación argentina. Este éxito nacional implicó la ampliación de la Plataforma Continental Argentina en un 35%, incorporando 1.633 kilómetros cuadrados a nuestro territorio marítimo.

La Ley recientemente sancionada plasma normativamente el trabajo llevado a cabo por la COPLA y a su vez, contribuirá a proteger los derechos de soberanía sobre la plataforma continental y sus recursos, quedando reservados para el Estado Argentino la exploración y la explotación de todos los recursos vivos y no vivos que están apoyados en el fondo marino o que se encuentran en el subsuelo de toda esa área.

La nueva demarcación del límite exterior de la plataforma continental argentina a su vez conllevará la divulgación de nuevos mapas que reemplazarán  a los que actualmente se emplean en las escuelas de todo el país. El nuevo mapa no mostrará únicamente el territorio nacional ubicado en el sur del continente americano, sino también toda la superficie de la plataforma continental que se extiende bajo el agua hasta llegar a las bases argentinas en la Antártida.

– Reforma al Régimen Federal de Pesca.

Con 41 votos afirmativos, el Senado de la Nación aprobó el pasado 16 de Septiembre la reforma al Régimen Federal de Pesca, quedando pendiente su promulgación y posterior publicación en el Boletín Oficial.

Este Proyecto acarrea la modificación del Art. 54 de la Ley Nº 24.922 [7] sancionada en 1997, la cual cimentó el Régimen Federal de Pesca. Si bien la normativa aún no fue publicada, Cancillería ha brindado información al respecto anunciando la aplicación de un nuevo criterio para actualizar las penas económicas destinadas a aquellas embarcaciones que realicen actividades ilegales en jurisdicción argentina. El régimen incorporará un sistema de multas variable basado en unidades de valor denominadas Unidades Pesca (UP) cuyo monto será determinado semestralmente sobre la base del precio de venta final al público del gasoil.

La normativa establece que de acuerdo a la gravedad del delito las multas oscilarán entre 500 mil litros de gasoil y 3 millones de litros, lo que equivale a un piso de 25 millones de pesos (1,1 millones de dólares)  y un techo de  150 millones de pesos (6,5 millones de dólares).

En el caso de embarcaciones extranjeras, sobre ellas recaerá la penalidad más alta aplicable ya que se trata de buques que pescan sin el debido permiso de la Argentina. La normativa también dispone que la Autoridad de Aplicación puede disponer la captura y retención del buque de bandera extranjera en puerto hasta que, previa sustanciación del respectivo sumario, se haga efectivo el pago de la multa impuesta. A diferencia del sistema actual, bajo esta normativa el infractor tendrá que hacerse cargo de la totalidad de los gastos en los que incurra el Estado Nacional en función de su captura, sin límite de tipo de gasto ni de monto.

La sanción de esta ley resulta sustancial ya que el objetivo de la misma tiene un carácter disuasivo procurando restringir las incursiones de buques de bandera extranjera o nacional, que sin los permisos nacionales correspondientes, se apropian arbitrariamente de los recursos pesqueros argentinos (calamar, merluzas y otros), generando un desequilibrio ecológico y la alteración ambiental de la región del Atlántico Sur, como así también, la afectación de la economía regional y de las provincias patagónicas, en las que la Industria Pesquera  se constituye como un factor esencial de sus ingresos.

– Pampa Azul

El pasado de 6 de Julio el Estado Argentino relanzó la iniciativa Pampa Azul que procura promover la investigación científica marina, el desarrollo tecnológico y la explotación sustentable de los recursos en el Atlántico Sur. Si bien el programa fue anunciado en 2015 durante el mandato presidencial de Cristina Fernández, durante los últimos cuatro años el programa fue desestimado y los instrumentos de investigación abandonados. En este sentido, su relanzamiento constituye un hito que pone de manifiesto la voluntad política de la actual administración para materializar una política de Estado en torno a la causa austral y a la soberanía nacional.

La envergadura de este Proyecto merece un tratamiento exclusivo en atención de lo cual, a futuro, le dedicaré una nota propia.

Reflexiones finales

Las iniciativas emprendidas por el Estado Argentino de la mano de la nueva administración dan cuenta del comienzo de un nuevo capítulo en la política exterior argentina en su dimensión Atlántico Sur. Es vital para nuestro interés nacional reivindicar lo propio para en consecuencia estar a la altura de su defensa. Sin embargo, nadie ama lo que desconoce y nadie defiende lo que no revindica como propio, por lo que se vuelve imperioso inculcar en el imaginario de los argentinos y las argentinas la magnitud de nuestras posesiones y las potencialidades que implican. Sólo se arribará a este objetivo con el desarrollo de una política coherente, sin lugar a dudas la creación de un Consejo Nacional ayudará a diseñar una política de Estado integral orientada a explotar las riquezas de nuestra extensión.


[1] Informe Completo. https://wwfeu.awsassets.panda.org/downloads/informe_planeta_vivo_2010.pdf

[2] Discurso completo de Alberto Fernández ante el Congreso Nacional https://www.casarosada.gob.ar/informacion/discursos/46746-discurso-del-presidente-alberto-fernandez-al-encabezar-la-apertura-del-periodo-138-de-sesiones-ordinarias-del-congreso-de-la-nacion

[3] Texto Completo Ley 27.558. https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/234031/20200825

[4]Texto Completo Ley 27.557. https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/234033/20200825

[5] Texto Completo Ley 23.968. http://www.iri.edu.ar/publicaciones_iri/manual/Doc.%20Manual/Listos%20para%20subir%20II/Derecho%20del%20Mar/ley_23968.pdf

[6] Texto Completo Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. https://www.un.org/Depts/los/convention_agreements/texts/unclos/convemar_es.pdf

[7] Texto Completo Ley 24.922. http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/48357/texact.htm#:~:text=ARTICULO%201%C2%B0%2D%20La%20Naci%C3%B3n,de%20los%20recursos%20vivos%20marinos.

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